REGISTRO DE PRECALIFICADOS DE OBRAS
Información importante para los usuarios del Registro
AVISO DE CONTRATO “La persona individual o jurídica inscrita, está obligada a dar aviso por escrito al Registro de Precalificados de Obras, dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la aprobación del contrato, de toda licitación o cotización que se le adjudique o cualquier obligación que contraiga relacionada con el giro de sus negocios ya sean estas en el sector publico o en el privado”. FALTA DE AVISO “Si se omitiera el aviso antes mencionado, se sancionará al adjudicatario suspendiéndole su inscripción en el respectivo registro durante seis (6) meses y si se comprobare que carece de capacidad económica para adjudicarle la negociación de que se trate, se suspenderá su inscripción en el mismo Registro durante un (1) año. Fundamento Legal: Artículos 76, 78 y 79 de la Ley de Contrataciones del Estado y Circular 25-2016, de fecha 8 de septiembre de 2016 del Registro de Precalificados de Obras.- __________________________________________________ |
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8a Avenida y 15 calle zona 13, Guatemala, C.A. PBX: (502) 2304 2222 www.civ.gob.gt
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